martes, 19 de octubre de 2010

CASTRO: "CONTAMOS CON MAYOR PROTECCIÓN PARA LOS AUTÓNOMOS"



El graduado social de la Unión de Comerciantes de Gijón explicó las prestaciones por cese de actividad.

En un acto organizado por la Unión de Comerciantes y Hosteleros del Caudal, y dentro de la programación de actos del Club LA NUEVA ESPAÑA en las Cuencas, tuvo lugar una conferencia titulada «Protección integral del trabajador autónomo: prestación por cese de actividad». El acto fue presentado por Loli Olavarrieta, Presidenta de la entidad organizadora, y el ponente, Luis Ángel Castro González, Graduado Social de la Unión de Comerciantes y Autónomos de Gijón y Carreño. También contó con la colaboración de Carmen Moreno, Gerente de la Unión de Comerciantes de Gijón y Carreño.

La charla supuso un repaso muy útil a la reciente ley por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. Para el ponente es «casi una obligación que los autónomos se formen y se informen sobre la normativa aplicable a sus actividades». Gracias a esta norma los trabajadores autónomos tendrán cubiertas situaciones de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Esto supone tanto una prestación económica por el cese temporal o definitivo de actividad como el pago de la cotización a la Seguridad Social durante el tiempo de cobro, así como medidas de formación, orientación y promoción empresarial.

Asimismo, Luis Ángel Castro recordó que hasta el 31 de octubre está abierto el plazo para modificar las bases de cotización para aquellos que quieran y puedan acogerse a esta ley. Para la percepción de estos derechos «han de cumplirse, no obstante, una serie de requisitos legales como tener cubierto un periodo mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses, no haber cumplido la edad reglamentaria para causar derecho a la pensión de jubilación o hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social en todos los regímenes». También es requisito hallarse «en situación legal de cese de actividad, que se produce por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que hagan inviable la empresa, por fuerza mayor, por pérdida de licencia administrativa, por violencia de género o por divorcio o separación del autónomo colaborador».

La prestación durará desde los dos meses, para entre doce y catorce meses de cotización, hasta los doce meses, a partir de los cuarenta y ocho meses de cotización. La prestación supone el 70% de la base de cotización obtenida a partir de la media de cotización de los últimos doce meses. Asímismo, se puede capitalizar la prestación para un nuevo proyecto empresarial.

El ponente quiso destacar que tras la aprobación de la ley 32/2010, al menos en este punto, «contamos con una mayor protección para los autónomos que en otros países».

Ine.es/Cuencas 19 de Octubre de 2010

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