miércoles, 13 de julio de 2011

ATA NO VA CONTRA NADIE, SÓLO PIDE QUE SE LE RESTRABLEZCA EN EL LUGAR QUE LE CORRESPONDE COMO PRIMERA ORGANIZACIÓN DE AUTÓNOMOS




-  La Federación acreditó ante Trabajo más autónomos, más personal y más sedes que UPTA y no entiende por qué este organismo la puso por delante.

 - La documentación aportada por la Federación en su recurso y el expediente de ATA presentado ante la comisión de representatividad está a disposición de quién la requiera.  


El 3 de junio del 2011 el consejo de la representatividad de las Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos dictó resolución en la que se constataba que la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos-ATA es la organización que ostenta mayor número de asociados, de recursos materiales y humanos. Sin embargo, se le otorgaba el segundo puesto en número de sedes, por detrás de UPTA, a pesar de que ATA contaba con 108 y UPTA con sólo 95. En ningún momento se nos dio explicación alguna sobre esta decisión de la comisión y tan sólo se nos aconsejó que presentásemos un recurso de reposición ante la misma comisión o que acudiéramos a contencioso administrativo.

ATA presentó el 10 de junio recurso de reposición ante la comisión solicitando poder ver los expedientes presentados por el resto de organizaciones alegando indefensión ya que la decisión del consejo no venía fundamentada.

El 1 y el 4 de julio, dos expertos de ATA se personaron en la sede de la comisión, y durante 12 horas revisaron el expediente de UPTA, centrándose en las sedes y en si cumplían con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1613/2010 y el la orden TIN 449/2011 del 1 de marzo que crean y regulan el Consejo del Trabajo Autónomo, órgano consultivo del Gobierno que dirimirá todas las cuestiones que atañen al colectivo.

Una vez revisado el expediente de UPTA, esta federación presentó el pasado viernes 8 de julio las alegaciones del recurso ante el consejo de representatividad. En él se reflejan únicamente lo observado en dicho expediente de UPTA.

El Real Decreto de representatividad exige presencia en sede permanente en, al menos, 12 comunidades autónomas y 24 provincias por medio de acreditaciones de los títulos de propiedad, alquiler o cesión, con la dirección completa y teléfono. Se entenderá sede permanente aquella que de forma continuada en el tiempo cuente con recursos humanos y materiales.

--En la documentación aportada por UPTA se constata que no se ha presentado dirección en la sede de Huesca ni número de teléfono en 28 sedes más. En otras como la de Torrelavega (Cantabria) se ha presentado un número de teléfono móvil o en Zaragoza un mismo número vale para dos sedes. Esto último pasa en las nueve sedes de Galicia.

--En cuanto al carácter permanente de las sedes, la propia UPTA presenta un documento en donde reconoce que 10 sedes de Aragón son temporales y así las define.

--Para acreditar los recursos materiales, el Real Decreto exige la presentación de facturas de los instrumentos necesarios para el desarrollo ordinario de la actividad de la sede. UPTA no ha presentado ni una sola factura correspondiente a sus 95 sedes.

--El Real Decreto exige presentar los datos de la Seguridad Social de los trabajadores adscritos a esas sedes y la vigencia de su relación laboral. Según lo aportado por UPTA, faltan esos datos en Soria, Huesca o Lugo. También aparecen trabajadores que prestan servicios en varias sedes a la vez como en Asturias donde dos trabajadores están en cuatro sedes o en el País Vasco donde cuatro trabajadores atienden a seis sedes. Se da el caso de que a 31 empleados se les asigna hasta en 36 ocasiones a diferentes sedes por lo que éstas no pueden considerarse permanentes. Se presentan documentos de UPTA en donde trabajadores de Madrid prestan servicios en Canarias, Ceuta o Melilla. O el caso de una trabajadora que está los mismos días y a las mismas horas en Zamora capital y en Benavente, a 70 kilómetros.

--En cuanto a la cesión de sedes, en un buen número faltan los títulos acreditativos, conformándose UPTA con presentar simples certificados que no son válidos según el R.D.

--También en Soria, Zamora y Valencia se presentan contratos de arrendamientos sin firmar o contratos con organizaciones que no están integradas en UPTA, como es el caso de Guadalajara.

Haciendo un resumen, de las 95 sedes presentadas por UPTA: 10 son temporales (no permanentes), 47 carecen de títulos de cesión por parte de otra organización, 3 sedes tienen contratos de arrendamiento sin firma, 1 sede está sin dirección, a 27 sedes les falta el número de teléfono, otras 3 tienen un teléfono no válido y 3 sedes no disponen de personal laboral contratado. Al margen, en todas faltan las facturas acreditativas de su actividad. Siendo benévolos, tan sólo 11 sedes de UPTA, en virtud de la documentación aportada por esta organización, cumplirían con los requisitos del R.D.

ATA no acusa a nadie de nada, se ha limitado a presentar un recurso con los datos hallados en el expediente de UPTA que esta organización entregó a la comisión para acreditar su representatividad. ATA aporta en su recurso pruebas documentales de todas las afirmaciones que hace y están a disposición de quién las requiera. De igual modo está a disposición de quienes lo quieran revisar el expediente de ATA No hemos inventado nada ni hemos levantado falsos testimonios. Sólo pedimos que el consejo de representatividad subsane el error de haber situado a UPTA en primer lugar dado que este mismo consejo reconoció que no había tenido tiempo de revisar los expedientes y restablezca a ATA en la posición que le corresponde como la mayor organización de autónomos del país.  Es coherente que la Federación utilice todos los mecanismos que ofrece el Estado de Derecho para defender sus intereses.

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